Consulte los resultados para las elecciones presidenciales

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Cómo consultar su puesto de votación actualizado

El próximo 31 de mayo se llevará a cabo las elecciones presidenciales en toda Colombia donde los Colombianos podrán elegir al presidente que llevará las riendas del país durante los próximos 4 años.

Para ejercer su derecho al voto los Colombianos deberán asistir a su puesto de votación establecido por la Registraduría Nacional con su respectivo documento de identidad original. 

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Consulte su puesto de Votación

Para conocer su puesto de votación lo único que deberá hacer es ingresar a la página oficial de la Registraduría Nacional haciendo CLIC AQUÍ.

Una vez dentro deberá desplazarse a la parte inferior e indicar su número de documento de identidad. Posteriormente se desplegará, la dirrección de su puesto para votar y la mesa respectiva. 

Los resultados de las elecciones los tienen haciendo CLIC AQUÍ.

Beneficios de salir a votar

Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.

Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.

Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.

Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.

Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.

Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.

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